este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la REPOSICION DE LA CAUSA AL ESTADO DE NUEVA ADMISION, en consecuencia, se declaran NULAS TODAS LAS ACTUACIONES PROCESALES A PARTIR DEL FOLIO CUATRO (04) AL FOLIO CINCO (05), y ordena decretar la SEPARACION DE CUERPOS y BIENES, solicitada por los ciudadanos: HECTOR ALONZO GOMEZ FUENTES y EYANRAEL VELIZ MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.420.873 y V-15.290.725, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Cumaná, con residencia en la Urbanización fe y Alegría, bloque 27, apartamento 03-05, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio PABLO E SAVELLI L, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 107.619. ASI SE D.....