REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO


JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIALDEL ESTADO SUCRE

Cumaná 10 de noviembre de 2009
199° y 150°
MOTIVO. SEPARACIÓN DE CUERPOS
EXPEDIENTE Nro 09768

Vista la anterior solicitud presentada, por los ciudadanos HECTOR ALONZO GOMEZ FUENTES y EYANRAEL VELIZ MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.420.873 y V-15.290.725, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Cumaná, con residencia en la Urbanización fe y Alegría, bloque 27, apartamento 03-05, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio PABLO E SAVELLI L, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 107.619, por cuanto en ella se llenan los extremos requeridos por el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil Vigente, este Tribunal considera que existen fundamentos para acordar la Separación de Cuerpos solicitada. En consecuencia, procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se declara la SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES de los mencionados Cónyuges, ya identificados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 189 del Código Civil.- expídanse dos (02) copias certificadas del escrito de separación de cuerpos y del presente auto, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-

JUEZA
DRA. INGRID BARRETO DE ARCIA

SECRETARIO SUPLENTE,
ABOG. BELTRAN RAFAEL ROMERO MARCANO

ICBL/pcgp