este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos ROSIMAR MARÍA OSORIO OSORIO, venezolana, soltera, de veintitrés (23) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.581.178, nacida en fecha 20-09-1986, hija de María Teresa Osorio y Luis José Delgado, sin oficio definido, residenciada en el Barrio Bebedero, vereda 47, casa Nº 01, Cumaná, Estado Sucre y EZEQUIEL JOSÉ MAZA, venezolano, soltero, de cuarenta (40) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.981.192, nacido en fecha 06-06-1970, hijo de Claudia Maza y Pedro Malavé, profesión obrero (lavando carro), residenciado en el Barrio Bebedero, vereda 84, casa Nº 06, Cumaná, Estado Sucre, condenados por el .....