CONDENA al acusado, LUIS MELECIO VALDEZ FLORES ,actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en perjuicio de Ángel Manuel Larez ; a cumplir la pena de Cinco (5) años y Cuatro (4) meses de Presidio , más las accesorias de Ley establecidas en el artículo 13, del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 460, 37, 74 ordinal 4to. del Código Penal, así como el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en el establecimiento carcelario que señale el Tribunal competente en su debida oportunidad. SE ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano Luis Melecio Valdez Flores, en lo que respecta al delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 219 del Código Penal, en virtud de haber prescrito el mismo, por cuanto los hechos ocurrieron en fecha 22 de Julio de 1997, de conformidad con lo establecido e.....