DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, admite TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público y SANCIONA Conforme al Procedimiento por Admisión de los Hechos, a los adolescentes xxxxxxxxxxxxxxxxxxxpor su participación en el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el articulo 34 de la Ley orgánica contra el trafico ilícito y consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, para el momento de los hechos, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, a la medida de AMONESTACIÒN, consistente en una recriminación fuerte o regaño, a los fines que los mismos entiendan la ilicitud de su conducta. Sanción que se impone conforme a los Artículos 8, 578 literal.....