DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a ENRIQUE MANUEL ROSILLO URBANO, venezolano, natural de Carúpano del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad N° V-24.841.568, fecha de nacimiento 01/09/94, de 22 años de edad, soltero, de oficio Taxista, hijo de Carmen Urbano y Justino Rosillo, residenciado en la población de Maturincito, final vía de Buena Vista, casa S/N, cerca de la Plaza de esa población, vía Principal, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos TRAFICO ILÍCITO DE DE PLANTAS DE MARIHUANA EN LA MODALIDAD DE CULTIVO, previsto y sancionado en el primero aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica de Drogas, en.....