DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos ERICSON JAVIER GONZÁLEZ CARRERA, natural de Carúpano Estado Sucre, de 22 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Número V-25.413.855, nacido en fecha 16-04-1.995, soltero, hijo de Carmen Victoria Carrera Viñoles y David José González Fernández, albañil, y con domicilio Playa Grande arriba, Calle principal, casa S/N, cerca del estadio y la escuela José Francisco Bermúdez, Parroquia Bolívar Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión de los delito de los delitos de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 153 de la ley orgánica de drogas, DETENTACION DE MINUCIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal, POSESIÓN ILÍCITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artic.....