En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes en fecha Veintiséis (26) de Noviembre de 2014, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en los términos establecidos en la misma. En consecuencia, se ordena levantar la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, la cual fue participada a la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Sucre, en fecha 08 de Febrero de 2012, mediante oficio N° 133; sobre el bien inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° 02, planta baja, Bloque 9-B, ubicado en la Urbanización Rómulo Gallegos, sector Cascajal, Jurisdicción de la Parroqui.....