PRIMERO: Que al sancionado xxxxxxx, se le dictó sentencia en fecha 16 de julio de 2007 por el de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en la ciudad de Barcelona, mediante la cual quedó obligado a cumplir la medida de libertad asistida por el lapso de un (01) año, por la comisión del delito de robo propio tipificado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana xxxxxx, siendo ejecutada la misma el 28 de abril de 2009.
SEGUNDO: Que el sancionado xxxxx, estuvo detenido desde el día 23-10-06 al 24-10-06, estuvo detenido un día, faltándole por cumplir once (11) meses y veintinueve (29) días. Se observa así mismo que no ha iniciado el cumplimiento de la medida de libertad asistida, por lo que le faltaría por cumplir once (11) meses y veintinueve (29) días.
TERCERO: Que el sancionado xxxxxx, le fue impuesta la medida de libertad asistida, la cual debía cumplir en el Estado Anzoátegui, pero en virt.....