es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, bajo la decisión del Juez Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, celebrada entre los ciudadanos: EDISSON EDUARDO MARTINEZ MALAVE y ANGGY TAMARA CASANOVA HENRIQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.417.925 y V-19.537.996, respectivamente y de este domicilio, y acuerda librar oficio al Gerente de la Entidad Bancaria Banfoandes de esta Ciudad, a fin de que apertura cuenta de ahorros. Líbrese oficio.
Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-