Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO FIANZA, respecto al imputado VÍCTOR MANUEL PÉREZ VÁSQUEZ, venezolano, Natural del Pilar, Municipio Benítez, estado Sucre, de 30 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.256.769, de profesión u oficio Comerciante, nacido el 16-11-1981, hijo de Carmen Vásquez y Víctor Pérez, domiciliado en: Guasimal, Calle Principal, cerca de la Ferretería EL Rey de la Construcción, Municipio Benítez, estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de EVASION FAVORECIDA; previsto y sancionado en el Articulo 258 del Código Penal; en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. debiendo los referidos ciudadanos cumplir con las siguientes obligaciones: 1- Régimen de presentaciones de cada Si.....