Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano CARLOS ALEXIS MALAVÉ, venezolano, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 28-04-77, titular de la Cédula de Identidad N° 14.717.804, hijo de Desiderio González y Eugenia Josefina Malavé, y residenciado en Cachunchú Viejo, Calle La Cruz, Casa Nº 25, Carúpano, Estado Sucre; a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, CINCO (05) MESES, DIEZ (10) DÍAS, DIEZ (10) HORAS Y CUARENTA (40) MINUTOS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 409, ordinal 2º, en relación con el artículo 82, del Código Penal vigente para la fecha de los hechos; ARREBATÓN, previsto y sancionado en el últ.....