DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Segunda de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Condena ZULAY MARÍA BRAVO, quien es venezolana, natural Caracas Distrito Capital, titular de la Cedula de identidad V¿ 5.875.123, nacido en fecha 20-12-62, edad: 45 años, de profesión u oficio del Hogar, hija de Rafael Antonio Bravo y Gladis Jiménez, residenciado en: Sector la Ceiva Vieja, Canchunchu Viejo, casa S/n, frente a la entrada del Lirio, Carúpano Estado Sucre, y FREDDY JOSÉ ALCALÁ MALPICA, venezolano, mayor de edad, natural de Caracas distrito Capital, nacido el 06-05-1972, titular de la cedula de Identidad Nº 10.780.822, de oficio Obrero, hijo de Aracelis Mercedes de Alcalá y Orlando Alcalá Lugo, domiciliado en Playa Grande, urbanización la Marina II, calle Nº 08, casa Nº 09, cerca del Mercal, Carúpano Estado Sucr.....