este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal que contempla e procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en concordancia con el segundo aparte de la norma in comento en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, al ciudadano LUIS CARLOS LAREZ PÉREZ, venezolano, de 22 años de edad, cédula de identidad Nº 25.319.741, natural de Cariaco, de oficio pescador, soltero, hijo de Petra Lárez y Alfredo Brito Peñalver, residenciado en el sector Bella Vista de Muelle de Cariaco, calle principal, casa sin número, cerca de la pescadería, Municipio Ribero del Estado Sucre; A CUMPLIR LA .....