ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-003099
ASUNTO : RP01-P-2008-003099
Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: presentada como ha sido la Acusación por parte del representante de la Fiscalía del Ministerio Público, oído lo manifestado por la victima, así como los alegatos esgrimidos por la Defensa, se toman en consideración lo siguiente: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACION presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público en contra del ciudadano CESAR LUIS GONZALEZ, venezolano, de 46 años de edad, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.435.859, residenciado en la barrio Villa Quinta República, Numero 46, primera calle, detrás del Hotel Villa Romana, cerca de la bodega Amanda, de Cumana del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en el delito de VIOLENCIA FISICA, previstos en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a un Mundo Libre .....