que Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de evaluación psicosocial presentada ante este Tribunal y en consecuencia ordena libar oficio a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación N° 03, Región Oriental, Cumaná, a los fines de que practique la evaluación psicosocial al penado JESÚS ANTONIO LOROÑO VELÁSQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.213.676, de 28 años de edad, de ocupación Obrero, de estado civil soltero, nacido 07-07-1982, natural de Cumaná, hijo de Ana Velásquez y Antonio Loroño, domiciliado en Fe y Alegría, zona industrial san Luís, calle Santa Elena, casa N°. 100, Cumaná, Estado Sucre; indíquese igualmente que se encuentran recluidos en la sede del Internado Judicial de esta ciudad.