Este Tribunal Quinto de Control en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, RATIFICA las MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, contempladas en el articulo 87 numerales 1º, 3º, 5º,6º y 13º de la de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres una Vida Libre de Violencia, a favor de la victima ciudadana Silgellis Maria Laffont Ordaz, titular de la Cedula de Identidad: 16.255.310; Vale decir, que el ciudadano Rudy Bronnys Rodríguez Adrián, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.414.256, pescador, domiciliado en el Morro de Puerto Santo, casa S/n, calle Salina II, cerca de la bodega de Francisco Medina, Municipio Arismendi del Estado Sucre; debe salir inmediatamente de la residencia en común, independientemente de su titularidad. Se le prohíbe el acercamiento a la mujer agredida, absteniéndose de acercarse a su lugar de trabajo, estudios y residencia de la misma. Se le prohíbe por si mismo o por terceras personas, realizar acto.....