Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, impuesta al ciudadano: YORDY XAVIER AMAYA VALLEJO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.631.439, soltero, nacido en fecha 11-01-92, natural de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, hijo de Luís Margarita Vallejo y Diomar José Amaya, residenciado en la Calle Cancamure, sector Macarapana, San Juan de Macarapana, casa S/N°, a dos casas de la bodega, Estado Sucre, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de.....