En virtud de las consideraciones de hecho y de Derecho expuestas, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD que viene cumpliendo el XXXXXXXXX, por el delito de Cómplice en el delito de Homicidio Intencional Calificado Frustrado en Ejecución de Robo Agravado en Grado de Tentativa, previsto en el artículo 406, numeral 1, articulo 84 numeral 1 y 80 segundo aparte del Código Penal y Coautor en el delito de Robo Agravado en Grado de Tentativa, previsto en el artículo 458 en relación con el artículo 80 primer aparte del Código Penal; por la medidas de REGLAS DE CONDUCTA, y LIBERTAD ASISTIDA, consistente realizar alguna actividad de provecho bien sea estudiar o trabajar a fin de coadyuvar a su crecimiento personal y recibir orientaciones por ante el equipo multidisciplinario ads.....