Por las consideraciones antes expuestas es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre con sede en Cumaná, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el destino a Establecimiento Abierto al penado LEOCADIO JOSE RODRIGUEZ venezolano, de 58 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.638.481, nacido en fecha 07-06-1949, residenciado en el barrio Brasil, sector 01, vereda11, casa N° 04, Cumaná, Estado Sucre , por no reunir los requisitos establecidos en el numeral 4° del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena librar oficio al Director del Internado Judicial de Cumana y remitirle copias certificadas del presente fallo. Notifíquese a las partes. Se acuerda trasladar este Juzgado hasta el Internado Judicial para imponer al penado de autos de la presente decisión el viernes 09-04-08 a las 2:00 p.m......