Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos ARGELYS DEL VALLE NARVAEZ GOMEZ Y JOSMALY DEL VALLE HIDALGO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 21.381.415 y 18.590.606, respectivamente, domiciliados en Calle Guiria, sector Los Uveros y Areito, sector el Yunque, tercera casa, del Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de conformidad con los artículos 315 y 385 de la Ley Orgánica para l.....