Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al sancionado XXXXXXXX a quien fue sancionado por la comisión de los delitos de COAUTOR DE ROBO AGRAVADO y ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previstos en los Artículos 458 del Código Penal en concordancia con el artículo 83 de la citada Ley respectivamente y articulo 5 de la Ley sobre hurto y robo de vehículo automotor en concordancia con los ordinales 1°, 2°, 3° y 8° del artículo 6 ejusdem, cometido en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXX; determinándose que hasta la presente fecha 08-02-2010, ha cumplido un total de sanción de privación de libertad de UN (01) AÑO DIEZ (10) MESES Y TRECE (13) DÍAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) , los cuales vencerán el 25 de julio de 2011, del total de l.....