ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado ALVARO JOSE DIAZ VERA, venezolano, soltero, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 25.249.440, domiciliado en el Barrio Caigüiré, Cumana, Municipio sucre, Estado Sucre, y/o Barrio Campeche, frente del bombeo, casa s/n, Cumana, Municipio sucre, Estado Sucre, teléfono 042120817591 (teléfono de la madre), por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO por actuar con Alevosía, previsto y sancionado en el Artículo 406 Numeral 1° del Código Penal, en perjuicio de VÍCTOR JOSÉ ESPINOZA YENDEZ (OCCISO), A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN mas las accesorias de ley establecida en el articulo 16 del Códig.....