este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio decide: PRIMERO: Redime de LA PENA IMPUESTA al Penado: ARGÉNIS JOSÉ FERNÁNDEZ CASTILLO, titular de la cédula de identidad Nº 24.984.457, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio Pescador, natural de Arapo, nacido en fecha 22-11-1989, hijo de los ciudadanos ZULY CASTILLO, Y AGENIS FERNANDEZ, residenciado en la población de Arapo, Parroquia Ayacucho, Calle Principal, cerca del consejo comunal, casa S/ N°, Estado Sucre, el lapso de ONCE (11) MESES, VEINTIDOS (22) DIAS Y DOCE (12) HORAS. SEGUNDO: Se Acuerda sumar al lapso de tiempo redimido en esta decisión, el de pena física cumplida, lo cual da un tiempo de Pena Cumplida con .....