ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud plateada por el Ministerio Público y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad al imputado ANGEL EMILIO ROMERO GONZALEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.281.467, natural de Cumanacoa, nacido en fecha 13-06-1994, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Rina González Y Santos Emilio Romero, residenciado en el Sector Manguire, Quinta Calle, Casa S/Nº (cerca de la bodega la quinta), Municipio Montes, Estado Sucre;, por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y POSESION ILICITA DE ARMA DE FUEGO; previsto y sancionado.....