D E C I S I ÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Se declara ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los abogados interpuesto por los abogado RAFAEL RAMON DE LIMA TRUJILLO y EMIRA MARQUEZ, actuando con el carácter de Defensores Privados de los ciudadanos MARIO SANCHEZ, ROBERT LATTAN, BENIGNO BRAZON, NIXON PATINEZ, JESÚS MANUEL CALZADILLA, WILMER PATINEZ, LUIS ENRIQUE VALDEZ y CECIL ACHAP, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, de fecha 24 de Julio del 2009, mediante la cual REVOCA las Redenciones de pena por Trabajo y Estudios, acordadas en fecha 19 de junio del año 2007, por el Tribunal Segundo de Ejecución, entonces a cargo del Juez Ramón Ponce a favor de los penados antes me.....