Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, declara con lugar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del adolescente PERSONA DESCONOCIDA, de la investigación que se iniciara por la presunta comisión de uno de los delitos Contra las Personas, en perjuicio de ALINSON YOAN MACHADO TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 19.019.076 y residenciada en la Calle Mahoma de Mamporal, Casa Nº 3868, Municipio Eulalia Buroz, Estado Miranda; conforme a lo establecido en el artículo 561 , literal "D" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal.