este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida al adolescente xxxxxxxxxxxx, quien cumple las medidas de reglas de conducta y libertad asistida por el lapso de DOS (02) AÑOS, de los cuales ha cumplido al mes de julio 2015, un (01) año y cuatro (04) meses faltándole por cumplir OCHO(08) MESES de la medida de libertad asistida y en relación a la medida de REGLAS DE CONDUCTA, ha cumplido 11 de junio (fecha del informe) un (01) año dos (02) meses y quince (15) días, faltándole por cumplir nueve (09) meses y quince (15) días.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal.....