DISPOSITIVA
En virtud de todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, a los ciudadanos: Del Valle Antonio Fernández Zabala, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.839.406, nacido en fecha 18-11-1992, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Brigida Zabala y Antonio Fernández, y residenciado en el Sector La Horqueta, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la escuela, Campos de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, Ismael José Díaz Betancourt, venezolano, natural Guipado, Estado Bolí.....