En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convenimiento entre la ciudadana, JOHANNA DEL CARMEN MARTINEZ MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.779.089, domiciliada en Calle Figuera, sector los cocos, cerca de la capilla, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el ciudadano JESUS DEL VALLE ESPINOZA VILLEGAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 110.931.024, domiciliado en Calle San Rafael casa s/n cerca del centro hípico los KBEZONES, Playa Grande, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las partes.