Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Nulidad Absoluta de la Acusación Presentada, en contra de la ciudadana Karina Josefina Hernández Romero, ampliamente identificada en autos, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales Leves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Carlos Enrique Rigual Arismendi; todo conforme a lo previsto en los artículos 190, 191 y 196, en relación con el artículo 330 ordinal 1° todos del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo se Acuerda dejar Sin Efecto la convocatoria de la presente Audiencia Preliminar, y se ordena remitir la causa a la Fiscalia Primera del Ministerio Público de forma inmediata. Quedaron notificados los presentes, de conformidad con lo.....