Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de REVISION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, solicitada por el ciudadano LUIS EMILIO HERNANDEZ, contra la ciudadana LUZ MARINA CARABALLO CARREÑO, plenamente identificados.-
PRIMERO: El progenitor compartirá con su hija, fines de semana alternados, la buscara al hogar materno los días sábado y domingo a las 10:00a.m y lo regresará a las 3:00p.m (sin pernocta).- Y ASI SE ESTABLECE
SEGUNDO: Carnaval, Semana Santa con mamá y Vacaciones Escolares será de manera compartida. Y ASI SE ESTABLECE-
TERCERO: En el mes de Diciembre compartirá con papá los días 24, 25 y 31 de Diciembre, es decir la buscará a las 09:00a.m y la retornará al hogar materno a la 03:30p.m (sin pernocta).- Y ASI SE ESTABLECE
CUARTA: Día del padre compartirá con papá y el día de la madre comparti.....