DECRETA: PRIMERO: Con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor de los imputados WILMADO JOSE AGUILERA MARCANO, venezolano, natural de Puerto Santo Estado Sucre, de 29 años de edad, nacido en fecha 11-07-1985, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V.- 19.496.134, sin oficio, hijo Mercedes Marcano y Euclides Aguilera, domiciliado Calle Principal frente a la bomba de Puerto Santo, Municipio Arismendi del Estado Sucre, y ADOLFO JOSÉ SUÁREZ GARCÍA, venezolano, natural de Puerto Santo, de 19 años de edad, nacido en fecha 18/07/1985, soltero, titular de la cédula de Identidad Número V.- 24.511.033, sin oficio, hijo de Estilita García y José Rodríguez domiciliado Allanada de Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a quien se le inicia investigación por su presunta la comisión del delito de HURTO AGRAVADO Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 452 numeral 1 y 286 del Código Pen.....