Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a la normativa antes citada, observando que el archivo decretado opera a favor del ciudadano JOCCE JOSE RODRIGUEZ PEREDA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° -15.361.070, 29 años de edad, de oficio: artesano, residenciado: Calle Principal, en Araya, barrio las velitas, casa N° 3, Estado Sucre, y es por lo que ACUERDA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que le fuera impuesta, consistente en presentaciones cada ocho (08) días por ante la Prefectura del Municipio Cruz Salmeron Acosta, en consecuencia se le otorga su Libertad plena dado el ARCHIVO FISCAL que como acto conclusivo de la investigación ha presentado en esta causa el titular de la acción penal, y por ende no tiene obligación alguna de continuarse presentando por ante el ente que se le asignara.-