En atención a las motivaciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA PRETENSION DE COBRO DE BOLIVARES, interpuesta por la ANTOUN YABBOUR NOHRA y ANTONIO SEROUJI SAADE, el Primero extranjero, y el segundo, venezolano, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidades Nros. E-850.893 V- 12.269.948, domiciliados en la Autopista Antonio José de Sucre, sector Jaguay de Luna de esta ciudad de Cumana, Parroquia Santa Inés Municipio Sucre, Estado Sucre, actuando en mi carácter de Presidente y Vicepresidente de sociedad Mercantil Manzanares C.A según consta en el Registro Mercantil de la ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha quince (15) de Febrero del año Dos Mil Seis (2.006) y el cua.....