Por Todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano Erasmo Ramón Moya Marín, quien es venezolano, Natural de Cangrejal, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, mayor de edad, fecha de nacimiento 25-11-50, de 57 años de edad, Sindicalista, Titular de la cédula de identidad numero: V- 3.424.956, hijo de Ramón Moya y Justa Pastora Marín de Moya, y residenciado de la Urbanización Tío Pedro, Bloque seis, planta baja, apart 6, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado sucre, por presunta comisión del delito de Ocultamiento de arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en presentaciones periódicas cada treinta(30) días por el lapso d.....