Este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: visto lo expuesto por el Fiscal Tercero del Ministerio Público, quien solicita se decrete MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD del ciudadano JEAN CARLOS PIÑERUA ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.359.996, nacido en fecha 10-02-1978, casado, de profesión u oficio obrero, de 28 años de edad, hijo de Zaida Ortiz y Miguel Piñerua, residenciado en el Barrio el Bolivariano, Casa Nº 102 de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, oído lo alegado por la defensa, por la representación fiscal y visto que el imputado se acoge al precepto constitucional y señala no querer declarar, este Tribunal Tercero de Control para decidir observa: en la presente causa ha ocurrido un hecho delictual contra el Estado Venezolano el día 04/11/2006 por las adyace.....