se ordena computar por secretaria, los dias de audiencia transcurridos, desde la fecha de públicación de la sentencia, que fue el día 31 de mayo de 2004, hasta los días en que fueron interpuestos los recursos de apelación, por el defensor Ivan Guarache y por la Representación del Ministerio Público y el lapso trascurrido, desde la fecha de notificación del Defensor Jesus Amaro y la fecha en que interpuso escrito de contestación del recurso y remitir las actuaciones a la Corte de Apelaciones, con la urgencia del caso, a los fines que sean tramitados y resueltos los citados recursos.