Por las razones antes expuestas, este Tribunal QUINTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados JOSÉ LEONARDO RIVERO ACOSTA, venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, de 19 años de edad, nacido en fecha 12/12/1997, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 27.572.724, profesión u oficio Agricultor, hijo de Lorena Acosta y José Gregorio Rivero, residenciado Sector Valle Verde, Calle Los Márquez, Casa S/N, Cerca del Estadio, Guiria Municipio Valdez del estado Sucre, y SERGIO LUIS ACOSTA VALDEZ, venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido en fecha 18/01/1984, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 18.098.394, profesión u oficio Agricultor, hijo de Serapio Acosta y Lorenza Valdez, residenciado Sector Valle Verde, Calle Los Már.....