Acuerda La Desestimación de la Denuncia formulada en fecha 20/06/2005, por el ciudadano : Rafael López Gowerie, venezolana, de 42 años de edad, casado, de profesión u oficio Funcionario Policial, titular de la cedula de identidad Nro.-V-8.813.142, residenciado en el Barrio Bella Vista, casa Nro.- 07, San Lorenzo, Cumanacoa, Municipio Autónomo Montes del Estado Sucre, ante el Grupo de Investigación y Captura de la Región Policial Nro.- 01, adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal que dice lo siguiente: …” El Ministerio Público dentro de los quince días siguientes a la recepción de la denuncia o querella, solicitará al Juez de control, mediante escrito motivado, su desestimación, cuando el hecho no reviste carácter penal o cuya acción está evidentemente prescrita, o exista un obstáculo legal para el desarrollo del proceso… Se procederá conforme a lo.....