este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República por Autoridad de la ley, ACUERDA mantener la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los imputados JOSÉ ALFREDO MUNDARAIN, titular de la Cédula de Identidad N° 16.996.058, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en el artículo 458 del Código Penal y en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 concatenado con el artículo 16 de la Ley sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de la ciudadana HEDYRYD JOSEFINA SALAZAR SÁNCHEZ y del Estado Venezolano respectivamente; y GABRIEL JOSÉ SALAZAR GUERRA, titular de la cédula de Identidad N° 16.701.010, quien se encuentra presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana HEDYRYD JOSEFINA SALAZAR SÁNCHEZ, en virtud que no han cambiado .....