Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Revisión interpuesto por el Abogado EDGAR ALEXANDER BRITO TORREZ, en su carácter de Defensor Público Tercero con Competencia en Materia Penal Ordinaria en Fase de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, actuando como defensor del penado ALEXIS JOSÉ MAZA SALAZAR, Venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 14.977.359, contra la decisión de fecha veintiséis (26) de Mayo de dos mil once (2011), dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, mediante el cual se condenó al ciudadano antes identificado, a cumplir la pena de ocho (08) años de prisión, por encontrarse incur.....