Por todo lo anteriormente señalado es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA una vez Revisada la Medida Cautelar impuesta, realizada por la ABG. PAOLA DI BICEGLIE, defensora de los imputados JESUS ALFREDO PICO ROMAN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.083.467, natural de Cumaná Estado Sucre, militar, nacido en fecha 08-04-1989, de 24 años de edad, hijo Marilis Román y Cesar Pico, residenciado en Mariguitar, Sector El Calvario, Calle principal, Casa S/N, a dos casa de Defensa Civil, Estado Sucre, y MAURO JOSÉ JIMENEZ VASQUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-18.927.776, natural de Maturín, estudiante universitario, nacido en fecha 28-09-1988, de 24 años de edad, hijo Mauro Jiménez y Mireya Vásquez, residenciado en Urbanización Aves del Paraíso, Calle 10, Casa N° 335, Maturín Estado Monagas; en la causa que se .....