este TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano MAURO RAFAEL BARRETO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 05.708.542, edad 54 años, estado civil soltero, nacido en fecha 15/01/1958, hijo de Rosa Barreto y Fausto Efraín Barreto, residenciado en la calle BOLIVAR, CERCA DEL CERRO Pan de Azúcar, casa N° 58, cerca de la Bodega de Antonio, Cumana Estado Sucre, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por La comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD; pena ésta que cumplirá aproximadamente en el año 19 de Mayo de (2016). De .....