Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: El ciudadano JESÚS RAMÓN CASTAÑEDA BASTARDO, se compromete a buscar a la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, los días sábado y domingo de cada mes. Además mantendrá contacto telefónico con la misma. En este acto la madre de la niña en mención ciudadana JACKELYN DEL CARMEN VELÁSQUEZ GÓMEZ, está de acuerdo con el convenimiento celebrado en toda y cada una de sus partes. Ello de conformidad con lo previsto en el Artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas Adolescentes otorgándole los efectos de Ley correspondiente a todo lo que concierne al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.