AUTORIZA el traslado del penado DARWIN RAMÓN TORRES GÓMEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.190.715, hasta el Hospital Santos Aníbal Dominicci, con la seguridad que el caso amerita, conforme a lo previsto en los artículos 83 y 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo se deberá señalar al Director del Penal, que conforme a lo previsto en el 14 de la Ley de Régimen Penitenciario, en caso de alteraciones graves en la salud física o mental del recluso, cuyo tratamiento no sea posible en el establecimiento donde se encuentra, el director del penal deberá decidir su inmediato traslado a un centro hospitalario para su atención, notificando a este Tribunal dentro de las veinticuatro horas siguientes y que el Tribunal no tiene facultad para autorizar intervenciones quirúrgicas.