Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana YELITZA SATURNINA ROSILLO ACOSTA, contra el ciudadano AQUILES DEL VALLE RIQUEZES ACOSTA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de la niña, y condena al progenitor a suministrar a su hija el 30% mensual de un SALARIO MINIMO, 30% DEL BONO VACACIONAL, para cubrir los gastos de UNIFORMES Y UTILES ESCOLARES en el mes de AGOSTO, y 30% DEL AGUINALDO, para cubrir gastos de ROPAS Y JUGUETES, en el mes de DICIEMBRE, y 30% DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, en caso de retiro o despido del trabajador, a los fines de cubrir pensiones futuras. Todo de conformidad con los artículos 76, 78 y 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo.....