Por los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE CAUCIÓN ECONÓMICA, POR LA CAUCIÓN JURATORIA, al ciudadano IGNACIO RAFAEL SUBERO SUSREZ, venezolano, natural de Caracas, de 33 años de edad, nacido en fecha 23-12-82, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Número indocumentado, agricultor, hijo de los ciudadanos Luisa Suarez e Ignacio Subero, y Residenciado en los caños de Guariquen, ppor encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JESUS SUBERO ARAY. Asimismo, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 242 ordinales 3° y 4°, en concordancia con los artículos 245 .....