DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: JESUS ALEJANDRO AGREDA ARCIA, Venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, de 18 años de edad, nacido el 27/05/1996, titular de la cédula de identidad Nº 26.294641, de estado civil soltero, hijo de Jesùa Agreda Y Reina Arcia, profesión u oficio: barbero, residenciado en Río Caribe, sector santa bárbara, casa sin número, cerca de la escuela, Parroquia Río Caribe, Municipio Arismendi, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de drogas en perjuicio de LA COLECTIVIDAD y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistirá en presentaciones periódicas cad.....