Este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA que se le impusieran al sancionado XXXXXXXX, por la medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, reciba orientaciones por ante la trabajadora social adscrita a la unidad de adolescentes, dicha medidas tendrán una duración de SEIS (06) MESES, contados a partir de la presente fecha;; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Líbrese oficio a la Lic. Idaylis Espinoza, a los fines que imparta orientaciones por el lapso de seis meses al sancionado XXXXXXX quien acudirá a su despacho cada cuarenta y cinco días, lo cual debe informar a e.....